¿Está una comunidad de propietarios obligada a cumplir el RGPD?
Sí. Toda comunidad de propietarios que trate datos personales debe cumplir la normativa de protección de datos.
¿La comunidad necesita adaptar su documentación al RGPD?
Sí. Debe disponer de la documentación necesaria y cumplir con las obligaciones establecidas por la normativa.
¿Es obligatorio firmar contratos con los proveedores que acceden a datos?
Sí. Empresas como el administrador de fincas, mantenimiento, videovigilancia o informática deben contar, cuando proceda, con un contrato de encargado del tratamiento.
¿Puede una comunidad instalar cámaras de videovigilancia?
Sí, siempre que respete la normativa de protección de datos y la legislación aplicable.
¿Es obligatorio colocar el cartel de videovigilancia?
Sí. Debe informarse de forma visible de la existencia del sistema de videovigilancia.
¿Cuánto tiempo pueden conservarse las imágenes?
Con carácter general, un máximo de 30 días, salvo que exista una causa legal para conservarlas durante más tiempo.
¿Puede facilitarse el listado de propietarios a cualquier vecino?
No. Solo podrá facilitarse cuando exista una base legal que lo justifique.
¿Puede publicarse el nombre de un propietario moroso?
Sí, en los casos permitidos por la Ley de Propiedad Horizontal y respetando los requisitos legales.
¿Es legal crear un grupo de WhatsApp de la comunidad?
Sí, siempre que se respeten las normas de protección de datos y la finalidad del grupo.
¿Puede enviarse una convocatoria por correo electrónico?
Sí, cuando exista legitimación o el propietario haya facilitado ese medio de contacto.
¿Quién puede acceder a la documentación de la comunidad?
Solo las personas autorizadas y en los supuestos previstos por la normativa.
¿Es obligatorio disponer de un Registro de Actividades de Tratamiento?
En determinados casos sí, especialmente cuando la comunidad esté obligada conforme al RGPD.
¿Qué datos personales puede tratar una comunidad de propietarios?
Únicamente aquellos necesarios para la correcta gestión y administración de la comunidad.
¿Qué ocurre si un propietario solicita ejercer sus derechos de protección de datos?
La comunidad deberá atender la solicitud en los plazos y condiciones previstos por el RGPD.
¿Puede la AEPD sancionar a una comunidad de propietarios?
Sí. Las comunidades también pueden ser objeto de inspecciones y sanciones por incumplir la normativa.
¿Quién es el responsable del tratamiento de los datos?
La propia comunidad de propietarios, representada por su presidente, aunque cuente con un administrador de fincas.
¿Es obligatorio informar sobre el tratamiento de los datos personales?
Sí. Los propietarios deben conocer cómo se tratan sus datos y con qué finalidad.
¿Cómo puede una comunidad evitar sanciones en materia de protección de datos?
Implantando correctamente el RGPD, revisando sus procedimientos y manteniendo la documentación actualizada.
¿Necesitas adaptar tu comunidad de propietarios al RGPD?
Si tienes cualquier duda sobre la protección de datos en tu comunidad de propietarios, solo tienes que ponerte en contacto con Abogado para Pymes. Te ayudaremos a cumplir con la normativa y a evitar posibles sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos.