El Tribunal Supremo, en su Sentencia 1399/2024, de 23 de octubre, ha aclarado cuándo es legal instalar cámaras de videovigilancia en una comunidad de propietarios.
Hechos del caso
Una propietaria demandó a su comunidad solicitando:
- la retirada de las cámaras instaladas
- una indemnización por vulneración de su derecho a la intimidad
Alegaba que las cámaras controlaban los accesos a las viviendas y afectaban a su vida privada.
Decisión del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo desestima la demanda y confirma que la instalación de cámaras era legal.
Criterio jurídico del Tribunal
1. Las cámaras en zonas comunes son lícitas
El Tribunal considera que:
- Es legal instalar cámaras en zonas comunes del edificio
- Siempre que no capten el interior de las viviendas
2. Existe afectación a la intimidad, pero no es ilegítima
El Supremo reconoce que:
- Las cámaras permiten conocer quién entra y sale del edificio
- Esto supone una afectación al derecho a la intimidad
Pero añade que: no toda afectación es una vulneración del derecho fundamental
3. El derecho a la intimidad no es absoluto
Siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional, el Supremo recuerda que:
- El derecho a la intimidad puede limitarse
- Siempre que exista un fin legítimo y se respete la proporcionalidad
4. Clave: principio de proporcionalidad
La instalación se considera válida porque:
- Es idónea (sirve para mejorar la seguridad)
- Es necesaria (existían antecedentes de vandalismo)
- Es proporcionada (beneficios superiores a la intromisión)
5. Existía un título legitimador
El Tribunal destaca que:
- La instalación fue aprobada en junta de propietarios
- Con las mayorías exigidas por la Ley de Propiedad Horizontal
6. Cumplimiento de la normativa de protección de datos
También se valora que:
- Se informó a los vecinos
- Las cámaras solo grababan zonas comunes
- El acceso a las imágenes estaba restringido
- Se cumplían los plazos legales de conservación
Conclusión
La instalación de cámaras en comunidades de propietarios es legal si:
- se limita a zonas comunes
- tiene una finalidad legítima (seguridad)
- respeta el principio de proporcionalidad
- y cumple la normativa de protección de datos
