El Tribunal Supremo, en su Sentencia 1399/2024, de 23 de octubre, ha aclarado cuándo es legal instalar cámaras de videovigilancia en una comunidad de propietarios.

Hechos del caso

Una propietaria demandó a su comunidad solicitando:

Alegaba que las cámaras controlaban los accesos a las viviendas y afectaban a su vida privada.

Decisión del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestima la demanda y confirma que la instalación de cámaras era legal.

Criterio jurídico del Tribunal

1. Las cámaras en zonas comunes son lícitas

El Tribunal considera que:

2. Existe afectación a la intimidad, pero no es ilegítima

El Supremo reconoce que:

Pero añade que: no toda afectación es una vulneración del derecho fundamental

3. El derecho a la intimidad no es absoluto

Siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional, el Supremo recuerda que:

4. Clave: principio de proporcionalidad

La instalación se considera válida porque:

5. Existía un título legitimador

El Tribunal destaca que:

6. Cumplimiento de la normativa de protección de datos

También se valora que:

Conclusión

La instalación de cámaras en comunidades de propietarios es legal si:

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