Fases y plazo del monitorio
Recibir un procedimiento monitorio no significa que la deuda reclamada sea necesariamente correcta. La persona demandada dispone de un plazo para revisar la reclamación y, si existen motivos, presentar oposición.
1. Recepción del requerimiento de pago
El procedimiento comienza cuando el Juzgado notifica al deudor un requerimiento para que pague la cantidad reclamada o formule oposición.
Desde ese momento empiezan a contar los plazos procesales.
2. Revisión de la deuda
Antes de decidir si se paga o se presenta oposición, conviene analizar toda la documentación aportada por el acreedor.
Entre otros aspectos, deberá comprobarse:
- Si la deuda realmente existe.
- Si la cantidad reclamada es correcta.
- Si existen intereses o comisiones discutibles.
- Si se han realizado pagos que no se han tenido en cuenta.
- Si la deuda puede estar prescrita.
3. Plazo de 20 días hábiles
El demandado dispone de 20 días hábiles desde la notificación para actuar.
Dentro de este plazo puede pagar la deuda o presentar oposición cuando considere que existen motivos para discutirla.
4. Presentación del escrito de oposición
La oposición debe explicar los motivos por los que el demandado considera que no debe abonar, total o parcialmente, la cantidad reclamada.
Una oposición correctamente planteada permite discutir judicialmente la existencia o cuantía de la deuda.
5. Continuación del procedimiento
Una vez presentada la oposición, el procedimiento continuará por la vía judicial correspondiente según las circunstancias y cuantía de la reclamación.
En esta fase ambas partes podrán defender sus posiciones y aportar la documentación necesaria.
6. ¿Qué ocurre si no se presenta oposición?
Si el deudor no paga ni formula oposición dentro del plazo establecido, el acreedor podrá solicitar la ejecución de la deuda.
Esto puede llegar a provocar el embargo de cuentas bancarias, nóminas o bienes.
Conclusión
Ante la recepción de un procedimiento monitorio es importante actuar rápidamente.
La oposición puede permitir discutir reclamaciones incorrectas, cantidades mal calculadas, deudas ya pagadas o posibles situaciones de prescripción.
En Abogado para Pymes podemos revisar la reclamación y ayudarte a valorar si existen motivos para presentar oposición dentro del plazo legal.