¿Es legal instalar cámaras de videovigilancia en una empresa?
Sí, siempre que se cumpla la normativa de protección de datos y se respeten los derechos de las personas.
¿Es obligatorio colocar un cartel de videovigilancia?
Sí. Debe informarse de forma visible de la existencia de cámaras antes de acceder a la zona vigilada.
¿Se puede grabar a los trabajadores durante su jornada laboral?
Sí, cuando exista una finalidad legítima, pero respetando los principios de necesidad, proporcionalidad e información previa.
¿Se pueden instalar cámaras con sonido?
Solo en situaciones excepcionales y cuando exista una justificación específica que lo haga necesario.
¿Está permitido grabar la vía pública?
Con carácter general, no. Las cámaras deben limitarse a captar la propiedad privada, salvo imágenes accesorias imprescindibles.
¿Durante cuánto tiempo pueden conservarse las grabaciones?
Como norma general, un máximo de 30 días, salvo que deban conservarse para acreditar un hecho concreto.
¿Quién puede acceder a las imágenes grabadas?
Únicamente las personas autorizadas por la empresa y, cuando proceda, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o la autoridad judicial.
¿Es necesario informar a los trabajadores sobre las cámaras?
Sí. La empresa debe informar previamente sobre la existencia y finalidad del sistema de videovigilancia.
¿Se pueden utilizar las grabaciones para sancionar a un trabajador?
Sí, siempre que las cámaras se hayan instalado legalmente y se respeten los requisitos establecidos por la normativa y la jurisprudencia.
¿Las comunidades de propietarios pueden instalar cámaras?
Sí, siempre que exista un acuerdo conforme a la Ley de Propiedad Horizontal y se cumpla la normativa de protección de datos.
¿Pueden instalar cámaras los comercios y establecimientos abiertos al público?
Sí, siempre que respeten las obligaciones previstas en el RGPD y la LOPDGDD.
¿Es obligatorio firmar un contrato con la empresa que instala o gestiona las cámaras?
Sí, cuando esa empresa tenga acceso a las imágenes deberá formalizarse un contrato de encargado del tratamiento.
¿Hay que incluir el sistema de videovigilancia en el Registro de Actividades de Tratamiento?
Sí, cuando la empresa esté obligada a disponer de dicho registro.
¿Qué sanciones puede recibir una empresa por incumplir la normativa de videovigilancia?
El incumplimiento puede dar lugar a sanciones económicas por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
¿Es obligatorio adaptar un sistema de videovigilancia al RGPD?
Sí. Además de instalar correctamente las cámaras, la empresa debe cumplir todas las obligaciones en materia de protección de datos.
¿Necesitas adaptar tu sistema de videovigilancia?
Si tienes cualquier duda sobre la instalación o legalización de un sistema de videovigilancia, solo tienes que ponerte en contacto con Abogado para Pymes. Te ayudaremos a cumplir con la normativa y evitar posibles sanciones.